Una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Navarra dictamina que las compañía aseguradora Mapfre no puede reclamar los daños producidos por su cliente en un accidente de tráfico cuando circulaba ebrio ya que en la póliza que contrató no incluye una cláusula que excluya la cobertura expresamente.
Consulta más detalles de la sentencia en Noticias de Navarra
Noticia recomendada por Onandia Abogados
Empieza tu reclamación de indemnización por accidente AHORA
Respuesta
rápida en 24h
rápida en 24h