El Supremo amplía el concepto de accidente in itinere
La sentencia dictada por de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 26 de diciembre del 2013 amplía el concepto de accidente in itinere que hasta ahora sólo se consideraba cuando tenía lugar en desplazamientos entre el trabajo y el domicilio o viceversa.
Esta sentencia considera como accidente in itinere el accidente de tráfico que sufrió un trabajador cuando se desplazaba, un domingo por la tarde, desde su domicilio familiar de fin de semana a su domicilio habitual.
Dicha sentencia, incluyendo lugares de residencia distintos a la habitual, se adapta a una nueva realidad de las nuevas formas de organización familiar y de la flexibilidad geográfica.
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