Mapfre no puede reclamar a su cliente los daños producidos por conducir ebrio
Una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Navarra dictamina que las compañía aseguradora Mapfre no puede reclamar los daños producidos por su cliente en un accidente de tráfico cuando circulaba ebrio ya que en la póliza que contrató no incluye una cláusula que excluya la cobertura expresamente.
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