Existen numerosos problemas psicosociales que se desarrollan en el desempeño del trabajo, que pueden desembocar en una situación tan límite e irreparable como es el suicidio.

Entre otros, encontramos el estrés laboral, el mobbing o acoso laboral, o la depresión. Toda una serie de trastornos que se hallan detrás de numerosas bajas laborales y, desgraciadamente también, de no pocos suicidios.

Sin embargo, no siempre se admite que el suicidio ha sido provocado por problemas o situaciones originadas en el trabajo. De hecho, será necesario probar que existe un nexo de causalidad entre el suicidio y el contexto laboral de la víctima, para que pueda ser considerado accidente laboral.

Factores psicosociales que causan bajas laborales y pueden conducir al suicidio

Se estima que en Europa cerca de un 25% de las bajas médicas tienen su origen en factores psicosociales: estrés laboral –cuya alta incidencia en el mundo laboral hemos tratado ya en este blog–, acoso en el trabajo, depresión sobrevenida, etc.

Si nos atenemos a las cifras, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), uno de cada 10 trabajadores es víctima de acoso laboral o mobbing, y de 100 casos que se presentan, 75 son mujeres.

  • Situaciones de acoso que conducen al estrés y la depresión: no se trata de un suceso aislado, suele ser un proceso que se desarrolla a lo largo de meses o incluso años, con episodios de discriminación, amenazas, sobrecarga de trabajo, ocultamiento de información, boicot, etc.
  • Consecuencias físicas y psicológicas del estrés y la depresión en el trabajador: enfermedades del corazón, hipertensión, gastritis, enfermedades de la piel, dolores de cabeza, problemas afectivos, de sueño y sexuales, aislamiento, etc.
  • Consecuencias directas de los problemas psicosociales de los trabajadores en la producción de la empresa: absentismo, rotación del personal, disminución de la productividad, mal funcionamiento entre departamentos, deterioro del servicio de atención al cliente, etc.

Hasta la fecha, ninguno de estos factores psicosociales está reconocido como origen o consecuencia de una enfermedad profesional en nuestro ordenamiento ni en el de muchos países europeos y, sin embargo, el agravamiento de estas dolencias puede conducir, en casos muy graves, al suicidio.

En qué casos se considera que un suicidio es accidente laboral

La jurisprudencia española consideró por primera vez un suicidio como accidente laboral en 1970, año en el que el Tribunal Supremo acreditó el nexo causal entre dicha acción y el contexto laboral de la persona fallecida. Hasta entonces, ni siquiera los suicidios acontecidos en tiempo y lugar de trabajo tenían esta consideración; la voluntariedad del acto enervaba la posibilidad de considerarlos accidentes.

Desde entonces, ya son numerosas las sentencias que han reconocido algunos suicidios (ocurridos tanto dentro como fuera del lugar de trabajo) como accidentes laborales, si bien es vital que la parte contraria no sea capaz de acreditar que existen causas ajenas a la actividad profesional que hayan provocado el fatal desenlace.

CONSEJO ONANDIA: la clave, entonces como ahora, está en demostrar que existe este nexo de causalidad. Será imprescindible la actuación del abogado a la hora de recabar informes, localizar los indicios necesarios y demostrar, negro sobre blanco, que existe esa relación. En muchos casos, está en juego la subsistencia de la familia directa del fallecido.

EL NEXO DE CAUSALIDAD

¿Qué debemos acreditar? Que la situación emocional que ha determinado la decisión del suicidio se halla directamente relacionada con la situación laboral del trabajador, sus condiciones de trabajo o alguna circunstancia profesional. En definitiva, que la persona adopta esta decisión, fruto de la angustia que vive en el trabajo.

De hecho, aun cuando el suicidio se produce en el lugar de trabajo (que permite presumir el carácter laboral del mismo), esta presunción admite prueba en contrario. Si la parte contraria es capaz de argumentar que existen otras causas desencadenantes (una situación personal difícil, un fallecimiento familiar, una depresión previa, intentos anteriores, etc.), serán los familiares del fallecido los que tengan que demostrar el nexo de causalidad.

ALGUNOS EJEMPLOS DE CASOS DONDE SE HA ENCONTRADO EL NEXO DE CAUSALIDAD EN EL SUICIDIO

  • Figura el caso de un conductor de autobuses de Sevilla que se hallaba inmerso en un proceso legal contra la empresa tras haber participado en una huelga. El Tribunal Supremo reconoció en 2013 su suicidio como accidente laboral.
  • Así mismo, en sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña de 11 de abril de 2014, este tribunal reconoce como accidente de trabajo el suicidio de un agente forestal acontecido fuera del lugar y la hora de trabajo. Entiende la Sala que su participación en la extinción de un incendio forestal, con el que se obsesionó, debe considerarse la causa de la depresión que sufría y que le condujo al suicidio. De esta forma, se reconoce el derecho a la pensión de viudedad y orfandad de la esposa e hijos.
  • También se reconoció accidente laboral el suicidio de un trabajador de un banco al que se le abrió expediente disciplinario por actuaciones irregulares con repercusión penal, en sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña de 26 de octubre de 2015.
  • La misma consideración recibió el caso de un vigilante de seguridad con antecedentes de psicopatía y baja médica. No se acreditó que dichas dolencias tuviesen relación con el puesto de trabajo, pero aun así se estimó que existía accidente laboral porque, según el Tribunal, la empresa debió adaptar el puesto de trabajo a su condición de salud depresiva. Sentencia de 2 de febrero de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
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    Ramón Onandia es abogado del despacho Onandia Abogados de Barcelona, especializado en la reclamación de indemnizaciones por accidente de tráfico, accidentes laborales y negligencias médicas.
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